LOS NUEVOS PROYECTOS SINDICALES Y LOS FALLOS.
Mas allá que en el día de ayer el Jefe de estado argentino habría ratificado que para el ejecutivo la doble indemnización esta terminada . ( tema expuesto por mi parte en etiqueta laboral, julio) La existencia en el parlamento de 40 proyectos legislativos, tendientes a reformular la legislación laboral, y los distintos fallos registrados en los últimos años, que modificaron la jurisprudencia en varios ítems, todos ellos con un sesgo tendiente a incrementar las indemnizaciones laborales, confirman aquel dicho que “ la Argentina es como el péndulo del reloj que va de un extremo a otro , sin encontrar nunca el punto medio.” Y así de la legislación y jurisprudencia de las décadas 70 ,80 pasamos a la flexibilización del 90, para retornar progresivamente a partir de 2003, al criterio de los setenta y en varios supuestos se pretende aún una mayor profundización, a tal punto que un reciente proyecto presentado por el diputado oficialista de origen sindical Francisco Gutierrez, pretende fortalecer los derechos de los trabajadores que participen en huelgas, impidiendo el despido de los mismos, la prescripción de las sanciones disciplinarias y el establecimiento de una indemnización agravada por fraude laboral en los casos en que, por transferencia del contrato de trabajo (cambio de firma), se produzca el despido de trabajadores. Tampoco se podrá contratar nuevos empleados en caso de huelga para reemplazar a los que estén parando. Esto se suma a otras iniciativas que forman parte de un paquete de reformas que tratarían en el parlamento argentino, después de las elecciones de octubre del corriente año.
Vamos a efectuar un breve resumen de los principales cambios operados en la jurisprudencia laboral y de los proyectos en danza en el congreso:
1- SOLIDARIDAD .
a) La Cámara Nacional en Lo laboral, ha dictado numerosos fallos en los cuales se ha declarado en contra de la tercerización y/o subcontratación declarando la solidaridad de todas las empresas contratistas. (Trabajadores de limpieza, empleados de agencias de seguridad, estaciones de servicio, por ej. ”Shell” sería solidariamente responsable con el dueño de la misma en caso de despido de un empleado.) Se pretende en futuras reformas que se pueda demandar en forma directa a la firma principal.- El mismo criterio se está empezando a aplicar en el tema de las "franquicias ", no sin generar polémicas.
b) Socios, Directores ,Gerentes , Titulares y –Suplentes de S.A. y S.R.L., se ha incrementado el número de fallos que condena solidariamente a los administradores sociales, en caso de despidos por contrato de trabajo en negro y/o insolvencia del ente. Esta semana justamente se conoció un novedoso fallo de la Excma. Cámara Nacional en lo Laboral, que condenó a un director “Suplente”, porque se habría registrado en forma defectuosa a un empleado. (El fallo se encuentra en contraposición con la doctrina sentada por la Corte Suprema en la causa "Palomeque" donde se estableció que la responsabilidad de los administradores era de carácter "excepcional".)
2-ACCIDENTES DE TRABAJO Y TOPES INDEMNIZATORIOS
La Corte suprema declaró inconstitucional el régimen de ART en varios artículos ,(como así tambien los topes indemnizatorios del art.245 LCT) en los fallos CASTILLO", "AQUINO" "VIZZOTI” y “MILONE, CSJN (jurisprudencia). Lo cual en el caso del accidente de trabajo, habilita la vía civil y opción para reclamar al empleador por diferencias. Actualmente los paquetes de proyectos legislativos ,estudian un nuevo régimen de riesgos de trabajo.-
3.- PAQUETE DE REFORMAS EN EL CONGRESO.
Entre los proyectos presentados por el diputado oficialista Héctor Recalde, figuran reformas a la legislación laboral en materia de Vacaciones, prohibición de trabajo los días domingos y feriados , horas extras, encuadramiento gremial, régimen de pasantías e indemnizaciones .
En próximas notas seguiremos atendiendo a esta situación considerando, la preocupación de nuestros clientes y lectores .Debiendo puntualizar que los efectos de estas reformas muchas veces pueden ocasionar la crisis o desaparición de las pyme, situación que no parece contemplarse, y que genera el efecto contrario al buscado, incrementando el trabajo en negro y la desocupación. Saludos.D.G.
blogalaxia argentina laboral leyes economia
No hay comentarios.:
Publicar un comentario