30 agosto 2007

LA TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACION BANCARIA Y SUS PROBLEMAS


¿ Proteger a Los Bancos o al Inversor Depositante ?

Iniciamos este tema como primera parte de una serie de tres notas en las que hablaremos de algunos de los tipos de contratos bancarios con mayor vigencia en la actualidad empresaria y financiera, como son la cuenta corriente bancaria, el fideicomiso financiero y el leasing .-Abordaremos sus conceptos y principales ventajas e inconvenientes en relación con los bancos.-

En los tiempos modernos todos realizamos algún tipo de operación a través del sistema bancario es decir la progresiva bancarización de las transacciones , pagos, etc.- y trascendencia de los bancos en la economía. Como todos sabemos los bancos son intermediarios de recursos financieros, toman dinero del público inversor (ya sea como depósitos u otras formas ) y lo transfieren a quienes requieren financiación en forma de crédito, prestamos, etc.- Los bancos como intermediarios o administradores de los recursos que les transfieren sus clientes están autorizados por el estado a captar estos fondos para destinarlos a la financiación de la producción y el consumo de la población. (crédito).

Como los bancos obtienen gran parte de sus utilidades gracias al dinero de los depositantes y al crédito o intereses proveniente de esos depósitos, es “ razonable “ , que estos (me refiero al depositante o inversor , ahorrista) quieran precaver que sus intereses y derechos estén protegidos, citando a Luis Morand , en su obra “Vigilancia y Control de los Bancos “, (“Aspectos legales del sector financiero. Instituto de Estudios Bancarios Guillermo sibercaseaux.Santiago de Chile, 1981, pag.165) en consecuencia los gobiernos como representantes del público deberían proteger ese interés. Si los bancos solo invirtieran sus propios capitales, los gastos en que incurrirían para mantenimiento de oficinas, personal, edificios, vendrían a consumir sus ganancias, y tener perdidas. En este punto estimo trascendente la posición y predicamento que en nuestro medio ha sustentado entre otros juristas, Carlos Alberto Villegas , citando (“Contratos Mercantiles y Bancarios “ edición 2005) y Revista Derecho Privado y comunitario-Rubinzal editores.T.2005 -3 .Contratos Bancarios, entre otras obras interesantes del autor.) quien claramente ha distinguido entre mercado financiero y bancos, lo cual muchas veces es confundido o ignorado en forma deliberada , por sectores doctrinarios pro-bancarios si me permite la expresión los cuales entran en cuestiones ideológicas ,perdiendo “objetividad” ya que los bancos como bien dice el doctor Villegas, son “meros intermediarios” y desconocen a los protagonistas más importantes que son “los ahorristas e inversores en general”, sin los cuales NO habría mercados financieros ni bancos, y en definitiva a la protección de este público inversor tiende o debería hacerlo la legislación o regulación en materia bancaria, aunque como vemos en la cruda realidad de las crisis y en las distintas geografías muchas veces estos principios se ven vulnerados.-

Por ultimo para conceptualizar a la “transparencia “ en la actividad financiera , consiste en la eliminación de todas aquellas prácticas que afectan el buen funcionamiento de los mercados financieros .Mecanismo de fijación de precios, (tasa de interés , etc.) como de la asignación de los fondos o ahorros de los depositantes a la inversión eficiente. Citando a Villegas “ en el tema de la contratación bancaria esto se ve reflejado en antiguas prácticas de los bancos que encarecen innecesariamente el crédito y generan un lucro indebido a favor de los mismos y en perjuicio de los solicitantes e inversionistas ” comisiones abultadas , spreads exagerados entre las tasas que pagan al depositante y la que cobran al dar crédito. (En Revista Derecho Privado y Comunitario, T 3 -2005 antes citado)

En la próxima nota de esta serie, volveremos con esta cuestión analizando específicamente el caso de la cuenta corriente bancaria y sus cuestiones.- Saludos y gracias por vuestro tiempo.D.G.

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