Como sabemos en los últimos años el sistema de fideicomiso se ha transformado en el instrumento jurídico mas utilizado en la Argentina para canalizar inversiones y/o emprendimientos. Por ello y también como forma de retomar la serie de notas sobre la contratación bancaria, vamos a comenzar desarrollando en que consiste este contrato, cuales son sus clases o tipos y como puede utilizarlo usted en su beneficio, también creo que es importante explicar sus puntos en contra o desventajas, y desterrar algunos “mitos”. Finalmente abordaremos especialmente el Fideicomiso Financiero Público , los bancos y la C.N.V.-
¿Que Es Un Fideicomiso ? ¿ Cuales son sus Beneficios o Ventajas?
El diccionario de la Real Academia Española, denomina como fideicomiso ( del latin fideicommissum) a la disposición por la cual un testador deja su hacienda o parte de ella encomendada a la buena fe de alguien para que, en caso y tiempo determinados, la transmita a otra persona o la invierta del modo que se le señala.” El origén antiguo proviene del derecho romano pero en la actualidad esta figura jurídica esta tomada del derecho anglosajón , donde se denomina “Trust”, (del latin fiducia) . Es decir que la buena fé o confianza es el elemento que lo caracteriza . La ley argentina que regula el contrato es la Ley 24.441 de 1995, denominada Ley de Financiamiento de la Vivienda y de la Construcción” y en su articulo 1º determina que “Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. Antes de esta ley se carecía de esta figura. Sin embargo este instituto legal comenzó recién a tomar mayor vigor en Argentina a partir del 2002, cuando ante la incipiente recuperación de la economía luego del delfault y la devaluación del peso, las empresas en general y principalmente las pymes requerían de financiamiento y no había líneas crediticias disponibles en el sistema financiero.-
Los rasgos que lo caracterizan entonces son la existencia de un patrimonio propio, independiente separado de quienes participan en la inversión o emprendimiento,( que pueden ser personas físicas o jurídicas.) Este hecho determina que la insolvencia o quiebra de cualquiera de los integrantes no afecta al patrimonio del fideicomiso con los consiguientes beneficios y seguridad que ello trae aparejado para los inversores ya que los acreedores de los participantes del contrato no pueden atacar la propiedad fiduciaria. Justamente este aislamiento o protección de activos, independientemente de los actores o empresas que participan es lo que permitió en el período pos-crisis la difusión y popularidad que ha alcanzado el mismo en el mercado.-
Es decir por ejemplo una empresa en dificultades y que requiere inversión acude a este instrumento y colocando un activo (que puede ser un bien o derechos crediticios , como después de explicará) obtiene el financiamiento necesario que de otra manera no obtendría y sin tener que contraer otras formas de endeudamiento más costosas.-
Estas razones, hacen que el fideicomiso se haya diversificado a diversos sectores de la producción y los servicios . Y en la actualidad es común encontrarlos en la actividad agropecuaria , en la construcción inmobiliaria, en el comercio (financiando al crédito de consumo), etc.-
El fideicomiso puede versar sobre todo tipo de bienes presentes o futuros , siempre y cuando estén en el comercio (conf art. 953 del Código Civil). (Como decíamos ello incluye la cesión fiduciaria de carteras de créditos , por ej. caso de la cadena “Garbarino “ que fue uno de los primeros .-)
Otra ventaja del fideicomiso es que no es aplicable la Ley de Concursos . (En caso de insolvencia la ley prevé un procedimiento mucho mas ágil y menos costoso para reestructurar ,renegociar o liquidar el mismo y sin intervención judicial ,lo cual contribuye a mayor celeridad).-
Por ultimo, no podemos omitir el aspecto impositivo donde también emergen algunos beneficios.-
QUIENES LO INTEGRAN y SUS DISTINTAS CLASES.-
Analicemos a continuación quienes son los integrantes y sus roles en esta contratación, según se desprende del nombre asignado en el texto legal,
FIDUCIANTE.: persona física o jurídica, que transmite o cede un bien o crédito (propiedad fiduciaria) activos en general que constituyen los recursos a ser administrados por el FIDUCIARIO: persona física o jurídica que recibe esos activos y los Administra y el BENEFICIARIO, que como su nombre lo indica y seré redundante, es quien recibirá los beneficios por la actividad , negocio u objeto especificado en el contrato, que debe ser determinado y único.- Así tenemos dos claras relaciones jurídicas la primera transmisión real del bien del fiduciante al fiduciario ya sea al momento de firmar el contrato o posteriori , el nacimiento de una nueva propiedad la “Fiduciaria” , la cual es distinta e independiente. Y la segunda relación la obligación personal que contraerá el Fiduciario frente al fiduciario y el beneficiario. Es decir cumplir con el mandato o encargo asignado.- Todo ello será instrumentado mediante el denominado contrato de fideicomiso.-
En cuanto a la clasificación o tipos de fideicomisos en primer lugar tenemos : 1)Fideicomisos Financieros Públicos , 2) Fideicomisos Privados , y según el tipo de emprendimiento podrán ser como antes vimos , agropecuarios, inmobiliarios, etc.- 3) Sucesorios o de Protección de Patrimonios. Este último tipo aún no está muy difundido en la Argentina y Mercosur , sin embargo es común en el derecho anglosajón y en los sistemas jurídicos “off-shore “ , por ejemplo: los Fideicomisos Panameños ,lo cuales han probado eficacia y permiten proyectar la transmisión hereditaria acotando costos sucesorios.-Cada uno de estos tipos serán desarrollados por su extensión en próximas notas,.
En síntesis el Fideicomiso es un instrumento legal, con claras ventajas que por su practicidad y versatilidad es vehículo ideal para canalizar inversiones y obtener financiamiento. La independencia del patrimonio o propiedad fiduciaria crea un modelo que solo en este aspecto es similar a una sociedad mercantil, pero con el beneficio de no disponer una estructura tan rígida y encontrarse circunscripto a un solo negocio o fin .- Seguiremos desarrollando esta interesante figura ,si es de vuestro interés o hay algún punto que quieran profundizar para las próximas entradas pueden dejar su comentario. Atte.-D.G.